miércoles, 20 de mayo de 2015

La ley uruguaya de la marihuana y su apertura al cannabis medicinal social



La Ley uruguaya de regulación del cannabis, aunque en su espíritu deja claro
que siguen tratando a los consumidores como enfermos  que necesitan de un orden jurídico diferente a los consumidores de alcohol, con multas y penas de prisión,
en su miope interpretación de la cultura del cannabis y su esfuerzo por controlar drogadictos,
si bien impide por sus límites de seis plantas florando la realización de aceites como para una terapia de rick simpson, deja abierta la puerta al consumo medicinal del cannabis crudo, al no contabilizar las plantas que no estén florando.

Así que cualquier ciudadano podría anotarse y plantar solo para hacer jugo la cantidad que quiera, incluso podría hacer jugo en vivo y en directo para el que quisiera al pié de la planta, al no ser psicoactivo el jugo, no se estaría infrigiendo la ley.

Habría que saber cual será la actitud que tomarán las autoridades al respecto,
pero sería interesante INFORMAR A LA GENTEde las posibilidades medicinales de la planta y de SUS DERECHOS ACTUALES PARA
PLANTARLA LEGALMENTE SIN INFRIGIR LA LEY.

Yo creo que incluso en invierno, con un pequeño invernadero y unas lámparas
de bajo consumo para completar el fotoperíodo de crecimiento, se puede
tener un cultivo doméstico para el consumo de cannabis crudo, que exige
de media a una planta diaria.
 EL SISTEMA JURÍDICO ¿EXISTE?

¿Será verdad que un DECRETO LEY, (aunque haya sido firmado por los “FASCISTAS” de la Dictadura Militar y luego reformada por los “COMUNISTAS” del FA) NUNCA PUEDE ESTAR POR ENCIMA DE LA CONSTITUCIÓN?


Artículo 8º.- Todas las personas son iguales ante la ley, 
no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes.

¿ELEGIR EMBRIAGARSE CON VINO, WHISKY, CERVEZA, TABACO o PSICOFÁRMACOS ES UNA VIRTUD O UN TALENTO RESPECTO A EMBRIAGARSE CON MARIHUANA?

Si el control Y REGISTRO de consumidores recreativos de cannabis y de los cultivadores domésticos de cannabis es DE INTERÉS COMÚN,

¿como no lo sería el control y registro de consumidores de alcohol y tabaco dado que solo en los costos sociales NOS SUPERAN AMPLIAMENTE?

¿COMO NO PUEDO VIVIR MI CULTURA EXENTO DE LA
AUTORIDAD DE LOS MAGISTRADOS?

¡EXPLÍQUESE CONSTITUCIONALISTA JURISPRUDENTE!

Pero explíquese con ESTUDIOS CIENTÍFICOS SIN SESGO, 
no con la opinión de los que cobran sueldo por sostener esta farsa pseudocientífica DE ORIGEN RACISTA NORTEAMERICANO.



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